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Crédito formativo para empresas PDF Imprimir E-mail
Jueves, 08 de Enero de 2009 12:20

Las empresas disponen de una ayuda económica para la formación de sus trabajadores mediante un crédito formativo. Se hace efectivo por bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social.

FORMACIÓN PARA LA EMPRESA

La FUNDACIÓN TRIPARTITA PARA LA FORMACIÓN EN EL EMPLEO es la entidad estatal encargada de impulsar y coordinar la ejecución de las políticas públicas en materia de formación de los trabajadores ocupados la gestión, seguimiento y control de las iniciativas de formación.

La financiación de la formación corre a cargo de los presupuestos del Servicio Público de Empleo Estatal, a través de los recursos que proceden de la recaudación de la cuota de Formación Profesional que realiza la Seguridad Social. El Fondo Social Europeo participa en la cofinanciación de las iniciativas de formación.

MEJOR PARA LAS EMPRESAS

Acciones de formación en la empresa y permisos de Formación

La empresas pueden formar a sus trabajadores a través de esta iniciativa. De esta forma organizan, planifican y gestionan su formación cuando quieran, como quieran y donde quieran: a lo largo del año, en la modalidad formativa que consideren, con sus propios medios a través de cualquier centro de formación especializado.

Para recuperar los costes de su formación las empresas disponen de un crédito de formación, que pueden bonificarse en sus cotizaciones de la Seguridad Social.

Bonificaciones por formación

Las empresas que realicen formación para sus trabajadores pueden recibir bonificaciones en sus cotizaciones a la Seguridad Social. El porcentaje que pueden deducirse será mayor cuanto menor sea el tamaño de la empresa en 2008.

En 2009, el crédito de formación que dispondrán las empresas se calcula aplicando los siguientes porcentajes a la cantidad que hayan ingresado por formación profesional en el año 2008:

Porcentaje de asignación de crédito formativo a empresas
  • Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100 por cien
  • De 10 a 49: 75 por ciento
  • De 50 a 249: 60 por ciento
  • De 250 ó mas trabajadores:50 por ciento
  • Las empresas de 1 a 5 trabajadores dispondrán de un crédito por empresa de 420 euros como mínimo

Para poder aplicarse la bonificación, la empresa

  • Estar al corriente con la Seguridad Social
  • Informa a la representación de los trabajadores
  • Comunica a la Fundación el inicio de la formación
  • Realiza la formación
  • Comunica la finalización de la formación

Las bonificaciones pueden aplicarse, una vez realizada la formación, a partir del boletín de cotización del mes siguiente al que finaliza la formación o cuando la empresa considere oportuno, lo más tarde con el boletín correspondiente al último mes del ejercicio (diciembre).

Las comunicaciones con la Fundación se realizan a través de una aplicación telemática que permite hacer todos los trámites necesarios en línea, sin desplazamientos ni burocracia. En esta aplicación se integra un Plan Amigo que facilita su utilización y permite simular el cálculo del crédito de formación de las empresas.

ORGANIZACIÓN DE LA FORMACIÓN

Las propias empresas pueden organizar y gestionar el programa de formación de sus trabajadores o contratarla con un centro o institución especializada.

También puede agruparse con otras empresas para hacer un programa conjunto de formación.